La Agencia de Viajes y Turismo y el turista pueden resolver el contrato y dejar de prestar el servicio, en los siguientes casos:
- Cuando el turista se conduzca de manera imprudente durante la prestación del servicio;
- Cuando el turista no cumpla condiciones necesarias para el desarrollo de la actividad (presentación de documentación legal requerida, vacunación, entre otros);
- Por decisión del Órgano Competente (Direcciones Regionales de Comercio Exterior y Turismo de los Gobiernos Regionales) o por cambios climáticos que pongan en riesgo la seguridad de los turistas;
- Cuando el turista o el personal especializado para la prestación del servicio de parte de la Agencia de Viajes y Turismo se presente en evidente estado de ebriedad o con signos de haber consumido sustancias toxicológicas que limiten su capacidad o puedan afectar al resto de pasajero o miembros de la Agencia de Viajes y Turismo.
- Cuando al turista no se le hubiere proporcionado información veraz sobre las condiciones necesarias para el desarrollo de la actividad o no se le hubiere proporcionado los equipos necesarios.
- Cuando la Agencia de Viajes y Turismo pretenda desarrollar las actividades en un lugar no autorizado por los Órganos Competentes, que exponga la integridad
- de los turistas);
- Por conducta inadecuada del personal especializado contratado para la prestación del servicio de parte de la Agencia de Viajes y Turismo.
- Se recomienda mantener una higiene adecuada en servicios y lugares que el turista visita.